Atila, mañana voy a estar comiendo en Móstoles. Ya que estoy por ahí podemos aprovechar para quedar si puedes.
Puedo, solo que dependiendo a que hora tendremos que hacer una parada entre partida y partida, me explico: a las 18:00h tengo que llevar a mi hijo a entrenar que tardo 15 minutos, siendo antes sin problema o a esa hora paramos unos minutos, espero tu respuesta, saludos.
Pd. ha pero que es verdad que me habeis quitado 3 puntos como sois tan mamones, yo HE PODIDO jugar todos los dias aparte de que donde lo pone.
3.2. Sanciones:
3.2.1. Por conceder una batalla: Se dará la jornada como no presentado, lo que implicará
una penalización de 3 puntos en la clasificación general de la liga.
3.2.2. Por exceder el plazo dado para la disputa de la jornada sin haber jugado las
batallas, a ambos jugadores: Se dará la jornada como no presentado (ver arriba).
3.2.3. Por exceder el plazo dado para la disputa de la jornada sin haber jugado las
batallas, por no presentarse uno de los jugadores al lugar y horario acordados: Se
dará la jornada como no presentado (ver arriba). Al otro jugador se la darán las
batallas como ganadas por 4-0, más 1 punto en la clasificaciones correspondientes a
Generales Asesinados y Campamentos Capturados.
3.2.4. La no presentación a 2 jornadas consecutivas de la liga implicará la expulsión del
jugador de la misma, así como la perdida de la fianza.
3.2.5. Por comunicar erróneamente los resultados a los comisarios: Pérdida del factor
defensivo de los jugadores implicados para su próxima jornada (deberán jugar ambas
partidas como atacantes). Si el error en la comunicación de los resultados es por
exceso: se modificará y corregirá. Si el error en la comunicación de los resultados es
por defecto: la clasificación se quedará tal y como está.
3.2.6. Por reiteración de errores en la comunicación de resultados a los comisarios: Se
tomarán medidas adicionales, tales como la pérdida de peanas para la disputa de las
siguientes batallas o dar la jornada como no presentados, con la correspondiente
pérdida de la fianza (en caso de una reiteración excesiva).
3.2.7. Por otras causas: Los comisarios podrán decidir sanciones extras ante cualquier
comportamiento que sea considerado indebido.














